Obligaciones en la actividad de transporte de mercancías peligrosas

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Obligaciones en la actividad de transporte de mercancías peligrosas

Como avanzamos en entradas anteriores, las empresas de transporte de mercancías peligrosas operan bajo estrictas normativas para realizar su actividad. La principal se denomina ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas en Carretera). 

Como normativa complementaria, las empresas de transporte de mercancías peligrosas en España también están sujetas a regulación. Una de ellas es la materializada por real decreto  97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. Entre otras cuestiones, esta ley complementaria regula qué órganos fijan y controlan las restricciones o qué obligaciones tienen los vehículos que transportan mercancías peligrosas en su itinerario. 

Pues bien, en las siguientes líneas detallamos algunas de las claves en este sentido.

¿Quién fija las restricciones a la circulación del transporte de mercancías peligrosas?

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Circulación,  el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, la autoridad autonómica o local responsable de la regulación, el control y la vigilancia de la circulación puede fijar restricciones a la circulación de vehículos sujetos a la normativa ADR.

No obstante, es requisito indispensable contar con el informe previo del Consejo Superior de Seguridad Vial. Este órgano será el que dictamine si las medidas son procedentes y propondrá las modificaciones que estime oportunas. 

¿Los miembros no conductores de la tripulación necesitan credenciales?

Teniendo en cuenta los peligros que conlleva este tipo de actividad, si se precisa de personal distinto del conductor dentro del vehículo, la empresa para la que trabaje debe acreditar que ha recibido la formación adecuada para operar.

Obligaciones en el itinerario

Cuando existan itinerarios coincidentes por autopista, autovía o plataforma desdoblada para ambos sentidos de circulación, los vehículos que transportan mercancías peligrosas deberán seguirlos obligatoriamente.

También es obligatorio para los vehículos de las empresas de transporte de mercancías peligrosas utilizar las circunvalaciones, variantes o rondas exteriores a las poblaciones más externas respecto del casco urbano. Además, estas vías deben estar adecuadamente señalizadas a tal fin.

Con todo,  las fuerzas encargadas de la vigilancia y control del tráfico  pueden adoptar medidas para desviar y re-encauzar la circulación de estos vehículos por los tramos que se consideren más idóneos, dependiendo de las necesidades del momento. 

En Docks de Levante llevamos más de 25 años operando en el sector y realizamos constantes mejoras en nuestras instalaciones a nivel tecnológico e informático, pero también normativo. Y es que contamos con la homologación para el transporte de mercancías ADR y cumplimos al detalle con toda la legislación complementaria. Por tanto, si buscas una empresa especializada en el transporte de mercancías peligrosas, puedes confiar en nosotros. 

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